La Agencia Metropolitana de Control (AMC) consciente de esta problemática, realiza recorridos por las nueve administraciones zonales de forma constante a fin de evidenciar y prevenir posibles quemas a cielo abierto.
La AMC tiene potestad de actuar en flagrancia con base en la Ordenanza Metropolitana No. 052-2023, misma que en el artículo 3407, establece que: “Serán reprimidos con multa de 0,5 RBUM dólares de los Estados Unidos de América quienes cometan las siguientes contravenciones: 1) Incinerar a cielo abierto basura, papeles, envases.”
Pedimos a la ciudadanía cumplir con la normativa metropolitana que tiene como objetivo prevenir incendios forestales, además tomar medidas de seguridad adecuadas en zonas de potencial riesgo, fomentando buenas prácticas y comportamientos frente a esta problemática.